Las personas jurídicas o físicas que realicen actividad empresarial pueden encontrase frente a una situación de insolvencia, es decir, que no puedan cumplir con las obligaciones asumidas. En estos casos, la reorganización empresarial deviene inevitable y necesaria, para lo cual nuestra normativa prevé el proceso concursal.
Este proceso que se tramita en sede judicial despliega sus efectos cuando es instando por el propio deudor concursado o por cualquier tercero, siempre que se cumplan ciertos requisitos. Con la declaración del concurso se despliegan efectos diversos y de gran importancia. Uno de ellos es que dejan de ser exigibles las deudas generadas e incumplidas previo a la declaración, pasando a conformar la masa pasiva del concurso.
Será designado un Interventor o Síndico, lo cual tendrá impacto en la legitimación para disponer del deudor concursado, quien tendrá la tarea de poner en orden la empresa y mantener el activo de la sociedad de la forma más conservadora, a fin de que se permita la continuación de la empresa y alcanzar un acuerdo con los acreedores.
Si el acuerdo es alcanzado y es homologado por la sede judicial, la empresa continuará en funcionamiento y con la obligación de cumplimiento de las cuotas del convenio. Caso contrario irá a la liquidación.
Otro punto a tener en cuenta para el deudor concursado refiere al incidente de calificación, por medio del cual se analiza si el actuar de los administrados se vincula a la situación de insolvencia de la sociedad que la hace ingresar en el concurso.
Por otro lado, la situación de los acreedores que se han visto inmersos en el escenario del concurso tiene un crédito insatisfecho y estarán a la espera de las opciones de pago, que incluirán quitas y esperas, con la posibilidad de continuar la relación comercial con el deudor concursado, si le resulta útil. Estos, tienen la carga de presentarse en tiempo y forma para verificar su crédito, para lo cual comparecen en el juzgado con un escrito dirigido al Interventor o Síndico designado, indicando la fecha, causa, cuantía, vencimiento y calificación solicitada de los créditos solicitados a verificación y la probanza de la generación de estos.
El proceso continuara con informes del Interventor o Síndico, posibles impugnaciones a la lista de créditos verificados y ante el convenio por adhesiones o convenio para ser aprobado en Junta de Acreedores.
El asesoramiento en sede concursal ya sea para representar los intereses del deudor concursado, como de los acreedores verificados o de terceros interesados en el concurso, requiere un seguimiento de los movimientos del proceso en todas sus etapas.
SERVICIOS PRESTADOS:
• Asesoramiento en sede concursal
• Confección y presentación de solicitud de concurso judicial
• Confección y presentación de verificación de créditos de acreedores
• Asistencia y representación en Junta de Acreedores
• Revisión de propuestas de convenio de pago a acreedores y de liquidación
• Acuerdos
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